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Dirección facultativa, definición y guía para directores de obra y de ejecución

La dirección facultativa es el equipo técnico que dirige la obra por encargo del promotor. Se compone de los técnicos que la LOE llama director de obra, que dirige el desarrollo de la obra en sus aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, y director de la ejecución de la obra, que dirige la ejecución material y controla cualitativa y cuantitativamente lo construido. Se corresponde en gran medida con lo que en Francia se llama maîtrise d'œuvre, y es distinta del promotor, que encarga y financia la obra.

Qué hace la dirección facultativa en la práctica

Durante la ejecución, la dirección facultativa dirige la obra por cuenta del promotor. Coordina las partidas, verifica que lo construido se ajusta al proyecto y a la normativa, valida las certificaciones de obra y vigila el avance. El director de obra, el director de ejecución y, si existe, la coordinación de obra (OPC) ejercen este papel día a día sobre el terreno.

La misión de la dirección facultativa culmina en la recepción. Realiza la revisión técnica, anota cada incidencia, avisa a las empresas, sigue el cierre de las incidencias, firma el certificado final de obra y asiste al promotor en la recepción y en el acta correspondiente. Cada observación debe estar fechada, localizada por partida y zona, y trazada hasta su resolución.

La recepción es el acto por el que el constructor entrega la obra al promotor y este la acepta, y desde su fecha empiezan a contar los plazos de responsabilidad de la LOE. La calidad de la prueba documental de la dirección facultativa determina su capacidad de defenderse en caso de litigio.

Marco legal de la dirección facultativa

La LOE (Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación) define los agentes de la edificación: promotor, proyectista, constructor, director de obra, director de la ejecución de la obra, entidades y laboratorios de control de calidad, y suministradores de productos. El promotor decide, impulsa, programa y financia la obra y la recibe; la dirección facultativa la dirige técnicamente y vela por que se ajuste al proyecto y al contrato.

El artículo 17 de la LOE regula la responsabilidad civil de los agentes por los daños materiales en el edificio: 1 año por defectos de acabado, 3 años por defectos que afectan a la habitabilidad y 10 años por daños estructurales, contados desde la recepción. Esa responsabilidad es, en principio, personal e individualizada: cada agente responde según su intervención en el proceso de edificación.

La recepción fija el punto de partida de esos plazos. El acta de recepción y el listado de incidencias son las piezas de prueba centrales de la dirección facultativa. Al terminar la obra, el director de obra facilita al promotor el proyecto con las modificaciones aprobadas (artículo 7 de la LOE), documentación que, junto con el acta de recepción y las instrucciones de uso y mantenimiento, forma el Libro del Edificio.

Cómo acompaña Builddar a la dirección facultativa

Builddar es un software de seguimiento de obra y gestión de incidencias, pensado para equipos de dirección facultativa con misión completa en obras de vivienda colectiva y de terciario. Cada incidencia se registra en la obra desde la aplicación móvil, con partida, zona, foto y plazo, y se sigue hasta su cierre. El acta de recepción se prepara a partir de esos datos ya capturados.

El historial fechado vincula observaciones, fotos, estados y entregables. Precios de entrada públicos: desde 25 € + IVA por usuario y mes para los equipos, y desde 20 € + IVA por unidad para los promotores. Los datos se alojan en Europa y, durante la puesta en marcha, se configura con el equipo una plantilla del estudio.

Preguntas frecuentes sobre la dirección facultativa